GOBERNACIÓN DEPARTAMENTAL

SOBRE LA GOBERNACIÓN DEPARTAMENTAL

Se construye en el año de 1697 un convento franciscano en las instalaciones delo que hoy es la Gobernación Departamental, para el año de 1866 se construye un nuevo edificio con arquitectura estilo caribe y se comienza a utilizar como Gobernación Departamental.

En el año de 1960 se derriba el edifico gubernamental para construir uno nuevo a base de block y concreto con mejores condiciones aptas para el buen funcionamiento de la entidad pública. Finalmente, entre los año del 2008 al 2012, se realiza la ampliación y mejoramiento de instalaciones modificando la fachada y realizando un ampliación de las instalaciones y adecuando a una mejor presentación que a la fecha presenta.

 

Protección

Por su alto valor patrimonial se encuentra resguardado por la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural de la Nación decreto 26-97 además, en el año 2021 se protege con el Escudo Azul de la Convención de la Haya.

CONVENCIÓN DE LA HAYA Y EL ESCUDO AZUL
La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado, nace en La Haya (Países Bajos) en el año de 1954, a raíz de la destrucción masiva del patrimonio cultural durante la Segunda Guerra Mundial. Es el primer Tratado internacional con vocación mundial dedicado a la protección del patrimonio cultural en caso de conflicto armado

Para la UNESCO la conservación del patrimonio cultural representa una gran importancia para todos los pueblos del mundo y conviene que ese patrimonio tenga una protección internacional. Como parte de la convención la protección contempla tanto el inventario y registro de los bienes patrimoniales, identificación con el emblema del Escudo Azul de edificios o colecciones relevantes, identificación de refugios, sanciones y otras actividades para la protección de los bienes. 

La convención, de la cual Guatemala es parte, contempla:

  • Abstenerse a exponer mediante el uso de los bienes patrimoniales, sus sistemas de protección y sus proximidades inmediatas para fines que pudieran ocasionar una posible destrucción o deterioro en caso de conflicto armado.
  • No causar cualquier acto de hostilidad respecto a los bienes patrimoniales identificados.

Finalmente, la convención solicita en tiempos de paz adoptar las siguientes medidas de salvaguardia:

  • Preparación de inventarios
  • Planificación de medidas de emergencia para la protección contra incendios o el derrumbamiento de estructuras.
  • Preparación del traslado o protección adecuada en el sitio de bienes muebles
  • Designación de autoridades para la salvaguardia de los bienes culturales.
Previous slide
Next slide

Participantes del proyecto