PARROQUIA SEÑORA DE LOS REMEDIOS Y SAN PABLO DEL ITZÁ

SOBRE LA PARROQUIA SEÑORA DE LOS REMEDIOS Y SAN PABLO DEL ITZÁ

En el año de 1697 se concluye la conquista de Noh Petén, generando la construcción de la Parroquia Nuestra Señora de los Remedios y San Pablo del Itzá, en 1909 la parroquia posee modificaciones en su fachada siendo la inauguración el reloj de torre de la parroquia para el cual fue regalo del mexicano Eugenio Gómez. Nuevamente se modifica en 1960, siendo la instalación del primer vitral consistente en la imagen Buen Pastor, fabricado en Cristalerías del Norte en Burgos, España.

En 1973 se remodela la antigua iglesia y con ello se renombra como Iglesia Prelaticia y Parroquial de Nuestra Señora de los Remedios y Pablo del Itzá, posteriormente, entre el año de 1997 y 2005 el inmueble vuelve a tener un re diseño de fachada siendo durante la administración de Monseñor Oscar Julio Vian Morales donde se agregan 16 vitrales a la torres y se construye el coro.

Protección

Por su alto valor patrimonial se encuentra resguardado por la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural de la Nación decreto 26-97 además, en el año 2021 se protege con el Escudo Azul de la Convención de la Haya.

CONVENCIÓN DE LA HAYA Y EL ESCUDO AZUL
La Convención para la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado, nace en La Haya (Países Bajos) en el año de 1954, a raíz de la destrucción masiva del patrimonio cultural durante la Segunda Guerra Mundial. Es el primer Tratado internacional con vocación mundial dedicado a la protección del patrimonio cultural en caso de conflicto armado

Para la UNESCO la conservación del patrimonio cultural representa una gran importancia para todos los pueblos del mundo y conviene que ese patrimonio tenga una protección internacional. Como parte de la convención la protección contempla tanto el inventario y registro de los bienes patrimoniales, identificación con el emblema del Escudo Azul de edificios o colecciones relevantes, identificación de refugios, sanciones y otras actividades para la protección de los bienes. 

La convención, de la cual Guatemala es parte, contempla:

  • Abstenerse a exponer mediante el uso de los bienes patrimoniales, sus sistemas de protección y sus proximidades inmediatas para fines que pudieran ocasionar una posible destrucción o deterioro en caso de conflicto armado.
  • No causar cualquier acto de hostilidad respecto a los bienes patrimoniales identificados.

Finalmente, la convención solicita en tiempos de paz adoptar las siguientes medidas de salvaguardia:

  • Preparación de inventarios
  • Planificación de medidas de emergencia para la protección contra incendios o el derrumbamiento de estructuras.
  • Preparación del traslado o protección adecuada en el sitio de bienes muebles
  • Designación de autoridades para la salvaguardia de los bienes culturales.

Participantes del proyecto