Sólo los países que han firmado la Convención del Patrimonio Mundial, comprometiéndose a proteger su patrimonio natural y cultural, pueden presentar propuestas de candidatura para las propiedades en su territorio para ser considerados para su inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial.
El primer paso de un país debe tener es hacer un «inventario» de su importante patrimonio cultural y natural situados dentro de sus fronteras. Este «inventario» es conocida como la lista indicativa, y ofrece una previsión de las propiedades que un Estado Parte podrá decidir presentar para su inscripción en los próximos cinco a diez años y que podrá actualizarse en cualquier momento. Es un paso importante puesto que el Comité del Patrimonio Mundial no puede considerar una nominación para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial, a menos que la propiedad ya ha sido incluido en el Estado Parte de la lista indicativa.
Mediante la preparación de una Lista Indicativa y seleccionar sitios a partir de él, un Estado Parte puede planificar en qué momento presentar una propuesta de archivo. El Centro del Patrimonio Mundial ofrece asesoramiento y asistencia a los Estados Partes en la preparación de este expediente, que debe ser lo más exhaustivo posible, asegurándose de que la documentación necesaria y los mapas están incluidos. La candidatura se presenta para el Centro del Patrimonio Mundial para su revisión y para comprobar que está completo. Una vez que el expediente está completo candidatura al Centro del Patrimonio Mundial lo transmite a los órganos consultivos para su evaluación.
Los bienes propuestos se evaluaron de forma independiente por dos órganos consultivos establecidos por la Convención del Patrimonio Mundial: Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) y la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), los que presentan al Comité del Patrimonio Mundial las evaluaciones de los bienes culturales y naturales sitios designados. El tercer órgano consultivo es el Centro Internacional para el Estudio de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (ICCROM), una organización intergubernamental que proporciona el Comité con el asesoramiento de expertos en conservación de sitios culturales, así como sobre las actividades de formación.
Una vez que un sitio ha sido propuesto y evaluado, corresponde al Comité del Patrimonio Mundial intergubernamentales a tomar la decisión final sobre su inscripción. Una vez al año, el Comité se reúne para decidir qué sitios serán inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial. También puede aplazar su decisión y solicitar más información en los sitios de los Estados Partes.
Para figurar en la Lista del Patrimonio Mundial, los sitios deben ser de valor universal excepcional y satisfacer al menos uno de cada diez criterios de selección. Estos criterios se explican en las Directrices Operativas para la Aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial que, además del texto de la Convención, es la principal herramienta de trabajo sobre el Patrimonio Mundial. Los criterios se revisan periódicamente por el Comité a fin de reflejar la evolución del propio concepto de Patrimonio Mundial.
Hasta finales de 2004, los sitios del Patrimonio Mundial se seleccionaron sobre la base de seis criterios culturales y cuatro naturales. Con la aprobación de la revisión de las Directrices, sólo un conjunto de diez criterios existe.